El texto desunificado del ordinario de la misa en
lengua española
En 1987, la Congregación para el Culto Divino
aprobó la versión española común a las naciones de lengua española del
ordinario de la misa, de las plegarias eucarísticas y de los textos alternativos
(Prot. N. 898/87). Culminaba así un trabajo desarrollado durante los años 1985
y 1986 por un equipo de trabajo integrado por representantes del Departamento
de Liturgia del CELAM y del Secretariado Nacional de Liturgia de la Conferencia
Episcopal Española, bajo la supervisión directa de la Congregación para el
Culto Divino, que se reunieron en Bogotá, en Madrid y en Roma.[1]
Se hacía realidad la sugerencia que había hecho el cardenal D. Marcelo González
Martín, arzobispo de Toledo y presidente de la Comisión Episcopal de Liturgia, durante
el Congreso de los Presidentes y de los Secretarios de las Comisiones
Nacionales de Liturgia de los diferentes países del mundo en Roma en octubre de
1984.[2]
La tercera edición típica del Misal Romano, podía haber sido una ocasión propicia para haber
avanzado en la ampliación de este texto unificado e incluso haber conseguido,
como han hecho los países de habla inglesa por ejemplo, adoptar una misma y
única traducción para todos los países donde se habla el español, en lugar de
las cuatro existentes: Argentina,[3]
Colombia,[4]
España[5]
y México.[6]
Pero todo lo contrario, ya que no solo no ha
servido para avanzar, sino que se han dado pasos hacia atrás, perdiendo,
incluso, en parte, el texto unificado.
Así, el uso del vosotros/ustedes ha originado un
doble texto en el relato de la institución de la Eucaristía: «Tomad y comed …
que será entregado por vosotros» (traducción de España y de Colombia); «Tomen y
coman … que será entregado por ustedes» (traducción de Argentina y de México).
En el memento de difuntos de la plegaria eucarística II dicen los textos
argentino y mexicano: «nuestros hermanos que se durmieron»; en cambio, los
textos de Colombia y México hablan de «nuestros hermanos que durmieron». Y el Misal de Argentina ha modificado el
pronombre relativo que sirve de enlace para el relato de la institución de la
plegaria eucarística II («él mismo, cuando iba a ser entregado», en lugar de
«el cual, cuando iba a ser entregado») y, en esa misma plegaria, ha suprimido
la conjunción «pues», que figura al inicio de la anámnesis.
Más allá de estos detalles, las mayores diferencias
se encuentran en las plegarias eucarísticas de la reconciliación, en las
plegarias eucarísticas que pueden utilizarse en las misas por diversas
necesidades y en las plegarias eucarísticas para las misas con niños, dado que
el texto típico de todas estas plegarias ha sufrido modificaciones al incluirse
en la tercera edición típica latina del Misal.[7]
Por lo que ha sido necesario revisar la traducción existente y ésta se ha hecho
en cada uno de los cuatro Misales de
modo autónomo.[8]
Sirva como muestra la conclusión del prefacio de la
plegaria eucarística I para la reconciliación. El texto latino dice:
Quapropter cum choris caelestibus gratias tibi
indesinenter agentes maiestati tuae in terris sine fine clamamus.
Y así han traducido los diferentes misales:
Argentina: Por eso, con
los coros celestiales te damos gracias continuamente, y en la tierra cantamos
sin cesar el himno de tu gloria.
Colombia y España: Por
eso, con los coros celestiales te damos gracias continuamente, y en la tierra
cantamos sin cesar tu majestad.
México: Por eso, con los
coros celestiales te damos gracias continuamente, y en la tierra proclamamos tu
gloria diciendo sin cesar.
O también la conclusión del prefacio de la variante
I (La Iglesia en camino hacia la unidad)
de las plegarias eucarísticas que pueden usarse en las misas por diversas necesidades.
El texto latino dice:
Et ideo, cum omnibus caelorum Virtutibus, in terris
te iugiter celebramus, cum universa Ecclesia una voce dicentes.
Y así han traducido los diferentes misales:
Argentina: Por eso, con
los ángeles del cielo y con toda la Iglesia, te aclamamos en la tierra,
diciendo a una sola voz.
Colombia y México:
Y por eso, con todas las potestades del cielo y con toda la Iglesia, te
aclamamos en la tierra, diciendo a una sola voz.
España: Por eso, con
todas las potestades del cielo y con toda la Iglesia, te aclamamos en la tierra
sin cesar, diciendo a una sola voz.
Vemos que los cambios no son sustanciales en
ninguno de los dos ejemplos que hemos ofrecido y que cualquiera de los textos
podría entenderse indistintamente por argentinos, colombianos, españoles o
mexicanos, más allá del país al que pertenezca el Misal correspondiente.
Igualmente si miramos el cuerpo eucológico, donde
nunca ha habido unidad, la tercera edición del Misal podría haber servido para que sí la hubiera. Ya que, en la
traducción literal que pide la Instrucción sobre el uso de las lenguas
vernáculas en la edición de los libros de la liturgia romana Liturgiam authenticam (28 de marzo de
2001) de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos, obliga a utilizar términos más teológicos, técnicos y cultos, semejantes
en todos los países de habla hispana y alejados del lenguaje coloquial, donde sí
encontramos diferencias terminológicas entre los países hispanoparlantes.
José Antonio Goñi
[1] Cf. «Encuentro de las
Comisiones Nacionales de Liturgia de lengua española organizado por la
Congregación para el Culto Divino, Ciudad del Vaticano 3/7 de febrero de 1986»,
Notitiae 22 (1986) 125-305; y
especialmente la Carta de la Congregación después del Encuentro: Notitiae 22 (1986) 287-293.
[2] Cf. «Convegno
dei Presidenti e Segretari delle Commisioni Nazionali de Liturgia “Venti anni
di reforma litúrgica: Bilancio e prospettive”. Città del Vaticano, 23/28
ottobre 1984», Notitiae 20 (1984)
794.
[3] Misal Romano reformado por
mandato del Concilio Vaticano II. Promulgado por Su Santidad el papa Pablo VI.
Revisado por Su Santidad el papa Juan Pablo II. Versión castellana de la 3ª
edición típica latina. Reconocida por la Congregación para el Culto Divino y la
Disciplina de los Sacramentos. Edición típica argentina adoptada por las
Conferencias Episcopales de Bolivia, Paraguay y Uruguay, Buenos Aires: Oficina del Libro 2009.
[4] Misal Romano renovado por decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II,
promulgado por la autoridad del papa Pablo VI y revisado por el papa Juan Pablo
II. Edición típica para Colombia, según la tercera edición típica latina,
aprobada por la Conferencia de Obispos de Colombia y confirmada por la
Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Bogotá: Conferencia Episcopal de Colombia. Departamento de Liturgia 2008.
[5] Misal Romano reformado por mandato del Concilio Vaticano II. Promulgado
por la autoridad del papa Pablo VI. Revisado por el papa Juan Pablo II. Edición
típica según la tercera edición típica latina, aprobada por la Conferencia
Episcopal Española y confirmada por la Congregación para el Culto Divino y la
Disciplina de los Sacramentos. Texto unificado en lengua española del Ordinario
de la Misa, Madrid: Libros Litúrgicos 2016.
[6] Misal Romano renovado por decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II.
Promulgado por la autoridad del papa Pablo VI y revisado por el papa Juan Pablo
II. Edición típica para México según la tercera edición típica latina, aprobada
por la Conferencia del Episcopado Mexicano y reconocida por la Congregación
para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Texto unificado en
lengua española del Ordinario de la Misa, México: Obra
Nacional de la Buena Prensa, A.C. 2013. Las ediciones posteriores a partir de
2015 fueron realizadas por la Biblioteca de Autores Cristianos (Madrid).
[7] Cf. J. A. Goñi, Las nuevas plegarias eucarísticas inscritas
en el «Misal Romano». Origen. Formación del texto, Comentario (Cuadernos
Phase 240), Barcelona: CPL 2017.
[8] El texto comparado de las diferentes traducciones
oficiales al español (Argentina, Colombia, España y México) puede verse en Goñi, Las nuevas plegarias eucarísticas.